La muerte presunta y declaración de fallecimiento

La muerte presunta, es una situación jurídica constituida por la declaración judicial que presume el fallecimiento de una persona, pese a no haberse encontrado su cadáver para determinarla medicamente. Esta declaración, puede realizarse cuando no se tienen noticias de la persona pasado un tiempo determinado y se considera que puede estar fallecida.

La declaración de ausencia, permite la administración de los bienes del ausente y la declaración del fallecimiento permite declarar a una persona que ha desaparecido como fallecida, a fin de que sus familiares puedan dispones de sus bienes y acceder a las prestaciones que puedan derivarse de su muerte.

Un desaparecido se puede declarar como fallecido:

  1. Cuando hayan transcurridos 10 años desde la desaparición.
  2. Cuando hayan transcurridos 5 años desde que se tuvieran noticias del ausente, si el desaparecido hubiese cumplido ya los 75 años de edad.
  3. Cuando haya transcurrido 1 año desde su desaparición, cuando ésta se haya producido en una situación de alto riesgo para la vida de la persona.
  4. Cuando hayan transcurrido 2 años desde la firma del tratado de paz o del fin de la guerra si la persona pertenecía a un contingente armado.
  5. Cuando hayan transcurridos 3 meses para los tripulantes o pasajeros de un barco, en los casos de naufragio.
  6. Cuando hayan transcurrido 3 meses para los tripulantes y pasajeros de un avión desde que se produjese un accidente aéreo.
  7. Cuando haya transcurrido 1 año de la fecha en que hubo un riesgo inminente de muerte por causa violente contra la vida.

Los efectos de la declaración de fallecimiento son:

  1. Permite que se abra la sucesión sobre los bienes del declarado como fallecido.
  2. Hasta pasados 5 años de la declaración de fallecimiento, no se entregarán legados ni se permite a los herederos realizar disposiciones gratuitas de los bienes.
  3. Si después de la declaración de fallecimiento, aparece el ausente o se prueba su existencia, puede recobrar sus bienes pero lo hará en el estado en que éstos se encuentren en el momento de su aparición.

Fuente:wikipedia.org

Quizás también te interese…

CAMBIAR EL MODO EN EL QUE MORIMOS, TENER UNA BUENA MUERTE (II)

CAMBIAR EL MODO EN EL QUE MORIMOS, TENER UNA BUENA MUERTE (I)

¿SABES DE DONDE VIENE EL NOMBRE DE VELATORIO Y LA COSTUMBRE DE VELAR A LOS MUERTOS?

Otras noticias

Próxima apertura

Próxima apertura

CompartirFacebookTwitterLinkedin

El duelo

El duelo

El duelo es el proceso de adaptación emocional que sigue a una pérdida. En el duelo se...

La elaboración del duelo

La elaboración del duelo

La elaboración del duelo es el transcurso del proceso desde que se produce la pérdida...

La Eutanasia

La Eutanasia

La Eutanasia está ligada al desarrollo de la medicina moderna. Para parte de la...

Nuestro inconsciente y la...

Nuestro inconsciente y la...

El filósofo Mario Bunge dice “la muerte no es un misterio para quien sepa algo de...

Testamento vital

Testamento vital

El testamento vital, es un documento de voluntades anticipadas por el que un ciudadano,...