Atención a asegurados de cualquier compañía de seguros
Obtención de la licencia para enterrar / incinerar
Trámites “post-mortem”, realizados por personal propio especializado:
- Seguridad Social
- Pensiones en las distintas modalidades
- Ayudas en favor de familiares
- Hacienda (Autonómica Gallega o de otras Comunidades Autónomas)
- Preparación completa de liquidación del impuesto de sucesiones
- Presentación ante la Delegación correspondiente
- Dirección General de Tráfico
- Transferencias de vehículos de titularidad del fallecido
- Declaraciones de herederos
- Asesoramiento orientado a reparto y aceptación de la herencia
- Preparación de documentación
- Gestiones ante Notaría o Juzgado competentes
- Ayuntamientos
- Expedientes de plusvalías
- Dirección General del Catastro
- Alteraciones de bienes propiedad del fallecido.
- Cambios de titularidad
Lo que usted debe saber sobre seguros de deceso
Según la ley actual (Art.3 Ley2/1997), los asegurados de todas las compañías tienen derecho a elegir libre y directamente el tanatorio/funeraria donde despedir a sus seres queridos.
Si la compañía aseguradora, llegado el momento, quiere imponerle una determinada funeraria y/o tanatorio y usted no está de acuerdo porque quiere venir a Tanatorio As Gándaras, NO FIRME NADA y llámenos inmediatamente.
En caso de fallecimiento judicial (Accidente o causas desconocidas):
De igual modo que con los seguros de decesos USTED ES LIBRE DE ELEGIR LA EMPRESA FUNERARIA (Art. 106 quater Ley 20/2015). Si la empresa concesionaria de los cadáveres judiciales o alguien que se hace pasar por “forense” trata de imponerle una determinada funeraria o tanatorio y usted no está de acuerdo, NO FIRME NADA y llámenos inmediatamente.
Teléfono: 982 20 22 20