Medidas Anticovid para Navidad
Estas medidas pueden cambiar en función de la situación de la pandemia y según lo que decida cada CCAA.
El Ministro Illa ha recalcado que estas medidas son “de obligado cumplimiento”.
Las medidas son las siguientes:
- Entre el 23 de diciembre y el 6 de enero no se podrá entrar ni salir de las CCAA excepto para “acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados” u otros casos previstos en el decreto de estado de alarma. Cada CCAA podrá adoptar medidas adicionales.
- Para los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero se restringen los encuentros a un máximo de 10 personas, niños incluidos, “salvo que se trate de convivientes”. Esos encuentros deberán celebrarse, además, entre un máximo de dos núcleos de convivencia, aunque se recomienda que sean solo de uno. También se recomienda a los estudiantes que regresan a casa para las vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes del viaje.
- Para los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero, la restricción de la movilidad (toque de queda) puede ampliarse como máximo hasta la 1.30 de la madrugada, en función de lo que decida cada CCAA.
- Entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, las comunidades y ciudades autónomas no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público.
- Los locales de hostelería deben respetar los límites de aforos y no se podrá beber y comer en la vía pública, salvo en los lugares habilitados para ello.
Fuente: cadenaser.com
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