Sólo tres familiares podrán asistir al entierro de un fallecido mientras dure el estado de alarma

Sin duda, además del daño físico que provoca el virus, hay que añadir el daño emocional que obliga a los enfermos a estar solos incluso en el momento de su fallecimiento. Gestionar estos momentos es complicado, ya que son muchos los que lamentan no poder acompañar y despedirse ellos en el caso del fallecimiento. Son momentos complicados, que necesitarán de tiempo para ser gestionados de la manera más adecuada por cada persona.

La orden del Ministerio de Sanidad dice que debido al ” importante incremento de fallecidos por Covid-19 se hace preciso prohibir todos los velatorios, tanto en instalaciones públicas como privadas, restringir otras ceremonias fúnebres, independientemente de la causa del fallecimiento, y regular algunas de las condiciones de contratación de los servicios funerarios”.

El Gobierno dictamina que en todos los fallecimientos que se produzcan en España durante la vigencia del estado de alarma, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida “se restringe a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto”.

Además se  prohíben los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares; no se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver.

 

Fuente: elmundo.es

 

 

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