Obligaciones fiscales y legales que hay que cumplir tras el fallecimiento de una persona
- Presentación del Impuesto de Sucesiones y consolidación de dominio.
Este impuesto lo tienen que presentar los herederos/as del fallecido que tenga bienes a su nombre o derechos adquiridos (bienes inmuebles, depósitos bancarios, vehículos, seguros de vida, etc.).
El plazo de presentación es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. El desconocimiento de los herederos/as no exime de su presentación y el incumplimiento de esta obligación supone, cuando menos, una sanción administrativa.
- Presentación del Impuesto de Plusvalía.
Este impuesto no es obligatorio en todos los Ayuntamientos. En Lugo sí es obligatorio, y el plazo para su presentación es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento.
Cumplir con los plazos no sólo significa evitar el recargo en la cuota a pagar, sino que supone no poder solicitar las bonificaciones que establecen los Ayuntamientos en sus Ordenanzas (en Lugo en algún caso supone un 95% de bonificación de la cuota correspondiente).
- Transferencia de los vehículos que estén a nombre del fallecido.
Según la Ley General de Seguros el plazo sería de 6 meses desde la fecha de fallecimiento.
Mónica Folgueira Murado, Graduado Social colegiada Nº430 Lugo